
A partir de la Resolución del 19 de agosto de 2026, de la Presidencia del Instituto para la Competitividad Empresarial de Castilla y León, se aprueba la convocatoria de subvenciones destinadas a financiar el desarrollo de proyectos singulares ligados a destinos turísticos de excelencia en los territorios afectados por el Fondo de Transición Justa de España 2021-2027 dentro del ámbito territorial de la Comunidad de Castilla y León.
Objetivo de la convocatoria
Financiar proyectos singulares ligados a destinos turísticos de excelencia que contribuyan a la reactivación económica y al impulso de una actividad turística sostenible y de calidad, vinculada a los recursos endógenos, en las provincias de León y Palencia.
La ayuda se enmarca en el Programa del Fondo de Transición Justa de España 2021-2027 y busca mitigar el impacto de la transición energética mediante diversificación, modernización de la economía local, actividad económica y empleo.
¿Quién puede solicitar la ayuda?
Podrán ser beneficiarias:
- PYMES, incluidos autónomos, que realicen un proyecto de inversión en un centro de trabajo, o que supongan su creación, en las provincias de León y Palencia.
- La entidad solicitante deberá mantener la condición de PYME desde la solicitud y durante todo el procedimiento hasta la resolución definitiva.
Tipo de ayuda y dotación
Subvención a fondo perdido.
Régimen de concurrencia competitiva.
Dotación presupuestaria: 11.914.000€.
Intensidad en función de la ubicación del proyecto:
- Municipios incluidos en Transición Justa: Los municipios incluidos en los protocolos de los Convenios de Transición Justa de las provincias de León y Palencia, 70%.
- Municipios mineros: Los municipios incluidos en el Plan de dinamización económica de los municipios mineros 2016-2020, 60%.
- Municipios de León y Palencia de menos de 20.000 habitantes: 50%.
Inversión/presupuesto mínimo
- Superior a 3.000€.
- Inferior a 600.000€.
*Sujeto a régimen de minimis.
Gastos subvencionables
Se consideran subvencionables los siguientes gastos:
- Inversiones en activos fijos materiales: terrenos, traídas y acometidas, utilización y obras exteriores, obra civil, bienes de equipo, elementos de transporte especiales, mobiliarios, enseres decoración, menaje, utensilios y equipamiento informático.
- Asesoramiento personalizado: máximo 10% de los activos fijos subvencionables y 20.000€.
- Actuaciones de promoción comercial: el importe de estos gastos no podrá ser superior a 10.000€.
- Implantación de soluciones tecnológicas de marketing digital: el importe de estos gastos no podrá ser superior a 10.000 euros.
- Gastos necesarios para adquisición de empresas construidas.
- Costes indirectos: se establece un porcentaje fijo del 5% sobre los costes directos subvencionables.
Plazo de ejecución
Periodo subvencionables
- Los gastos son subvencionables si se realizan con posterioridad al 30 de enero de 2025 y dentro del plazo de ejecución establecido en la resolución de concesión; el proyecto no puede estar concluido ni ejecutado íntegramente en la fecha de solicitud.
- Plazo máximo de realización de 2 años desde la resolución de concesión.
- Posibilidad de modificación/ampliación conforma a la base vigésima, solicitada antes de dos meses de finalizar el plazo de ejecución, salvo cambios societarios.
Plazo de presentación de solicitud
- Desde el 26 de agosto 2026 hasta el 26 de octubre de 2026.