
A partir de la Resolución del 10 de agosto de 2026, de la agencia de turismo de Galicia, se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia no competitiva, de subvenciones para actuaciones de eficiencia energética en empresas turísticas.
Objetivo de la convocatoria
Realización de actuaciones de eficiencia energética en empresas turísticas que cumplan los requisitos de las bases reguladoras.
Adecuación de establecimientos turísticos a estándares de eficiencia energética t economía circular, reduciendo consumo energético y huella de carbono.
¿Quién puede solicitar la ayuda?
Podrán ser beneficiarias:
- Personas físicas y jurídicas con condición de pymes, titulares de establecimientos turísticos de alojamiento y restauración.
- Establecimientos admitidos:
- Establecimientos hosteleros, establecimientos de turismo rural, apartamentos turísticos, viviendas turísticas y albergues turísticos.
- Empresas de restauración.
- El establecimiento debe estar inscrito y autorizado o clasificado en el REAT y el proyecto debe localizarse en Galicia.
Tipo de ayuda y dotación
Subvención a fondo perdido.
Régimen de concurrencia no competitiva.
Dotación presupuestaria: 9.000.000€.
Intensidad máxima
- Entre el 50% y el 90% de la inversión subvencionable, según el ahorro mínimo de energía primaria no renovable.
Gastos subvencionables
Se consideran subvencionables los siguientes gastos:
- Costes directos:
- Auditoría energética previa.
- Ejecución de obra/instalación.
- Inversión en equipos y materiales.
- Costes indirectos:
- Gastos no vinculados directamente a la actividad pero necesarios para ejecutarla.
Plazo de ejecución
Periodo subvencionables
- Gastos realizados y pagados entre el 1 de enero de 2026 y el 2 de noviembre de 2027.
Plazo de presentación de solicitud
- Desde el 07 de septiembre de 2026 hasta el 07 de diciembre de 2026.