ICO 2026: CRECIMIENTO EXPORTADORES

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El Instituto de Crédito Oficial (ICO) acaba de publicar una nueva línea de financiación: ICO CRECIMIENTO EXPORTADORES, en su Documento de Condiciones Generales de Elegibilidad, Admisión y Gestión de las Operaciones.

Objetivo de la convocatoria

Mejorar el acceso al crédito de empresas afectadas, directa o indirectamente, por el cambio en el entorno arancelario global, promoviendo la inversión en activos materiales y, de manera prioritaria, en activos inmateriales.

¿Quién puede solicitar la ayuda?

Podrán ser beneficiarias:

  • Sociedades mercantiles con domicilio social o establecimiento de actividad en España.
  • PYMES con una antigüedad mínima de 4 años.
  • Exportadora o importadoras afectadas directamente por los cambios en el entorno arancelario mundial:

Tipo de ayuda y dotación

Ayuda en régimen de concurrencia no competitiva, por orden de entrada hasta agotamiento de fondos.

Sujeta al régimen de minimis

Préstamo bonificado:

  • Valor nominal a partir de 50.000€ sin establecer importe máximo.
  • El préstamo del ICO podrá financiar hasta el 100% del valor de los gastos de consultoría y calificación crediticia necesarios para optar a financiación en el marco de esta línea.

Tramo no reembonsable:

No podrá superar el mínimo de:

  • 200.000€
  • 30% del valor nominal de la operación.

Gastos subvencionables

Tipos de inversión elegibles:

  • Inversiones en activos tangibles.
  • Inversiones en activos intangibles.
  • Activos financieros.

Plazo de ejecución

Periodo subvencionables

  • Las inversiones no podrán iniciarse antes de la presentación de la solicitud de financiación (o hasta 6 meses antes en régimen de minimis) y deberán ejecutarse conforme al proyecto financiero durante la agencia del préstamo.

Plazo de presentación de solicitud

  • Hasta el 1 de julio de 2026 o hasta agotanmiento del presupuesto.

Contacto

Enlace de la ayuda

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