AVI 2026 ASIMILACIÓN DE TECNOLOGÍAS AVANZADAS Y SU DIFUSIÓN AL SISTEMA VALENCIANO DE INNOVACIÓN

AVI ASIMILACIÓN DE TECNOLOGÍAS AVANZADAS

Agencia Valenciana de la Innovación (AVI)(IVACE+i Innovación) convoca subvenciones en materia de fortalecimiento y desarrollo del Sistema Valenciano de Innovación para la mejora del modelo productivo para los ejercicios 2026 a 2028, concretamente en su Anexo VII Asimilación de tecnologías avanzadas y su difusión al Sistema Valenciano de Innovación, publicada por la Generalidad Valenciana.

Objetivo de la convocatoria

Apoyar proyectos en cooperación de innovación en materia de procesos y/u organización, incluida la mejora en las relaciones con empresas proveedoras y/o empresas clientes, basados en la asimilación de tecnologías avanzadas con riesgo tecnológico medio o bajo, así como en la difusión de dicha tecnología mediante su demostración a otras empresa y agentes del sistema valenciano de innovación

¿Quién puede solicitar la ayuda?

Empresa cuya sede social o centro de desarrollo de actividad se encuentre radicado en la Comunitat Valenciana

  • Gran Empresa
  • Mediana empresa
  • Pequeña empresa

Tipo de proyectos subvencionables

Los proyectos de innovación en materia de procesos y/u organización definida ésta según el articulo 3 de las bases reguladoras, consistirán en la aplicación de:

  • Método de producción o suministro nuevo o significativamente mejorado
  • Aplicación de un nuevo método organizativo a nivel de empresas, la organización del centro de trabajo o las relaciones exteriores

Siempre que la innovación se fundamenté en la incorporación de alguna de las tecnologías avanzadas para la industria relacionada con las siguientes:

  • Tecnologías de fabricación avanzada
  • Materiales avanzados
  • Inteligencia artificaial
  • Realidad virtual o aumentada
  • Big Data
  • Tecnología Blockchain
  • Computación difusa y en la nube
  • Computación de alto rendimiento (HPC)
  • Conectividad
  • Bioyecnología industrial
  • Internet de las cosas
  • Microelectrónica y nanoelectrónica
  • Infraestructuras digitales para la mobilidad
  • Na notecnología
  • Fotónica
  • Robótica
  • Ciberseguridad y biometría e identidad digital

Actuaciones no subvencionables

  • Los proyectos consistentes en la implementación de sistemas de gestión empresarial disponibles en el mercado
  • Los aumentos de las capacidades de producción o servicios mediante la introducción de sistemas de fabricación o logística muy similares a los que ya utilizan.
  • Los cambios basados en métodos organizativos ya empleados en la empresa, los cambios en estrategia de gestión, las fusiones y adquisiciones, el abandono de un proceso, la mera sustitución o ampliación de capital, los cambios derivados exclusivamente de variaciones del precio de los factores, la producción personalizada, la adaptación a los usos locales, los cambios periódicos de carácter estacional u otros cambios cíclicos y el comercio de productos nuevos o significativamente majorados

Tipo de ayuda y dotación

Subvención a fondo perdido

Ayuda en régimen de concurrencia competitiva

Dotación presupuestaria

  • Dotación presupuestaria de 1.400.000€

Intensidad de la ayuda

  • Gran empresa 15%
  • Mediana empresa 50%
  • Pequeña empresa 50%

Presupuesto mínimo

  • El coste subvencionable total del proyecto en cooperación será como mínimo de 200.000€
  • El coste subvencionable máximo individual por cada participante del proyecto, durante todo el periodo de ejecución, será igual o inferior a 200.000€
  • La participación de una gran empresa en el proyecto elegirá que exista una colaboración efectiva con al menos una PYME que corra con un mínimo del 30% del presupuesto del proyecto
  • Se limita al coste horario del personal propio subvencionable a 50 euros/hora como máximo
  • La participación en el consorcio debe ser equilibrada, de modo que ninguna empresa participante contribuya con menos del 15% ni supere el 70% del presupuesto subvencionable del proyecto
  • La ejecución de los proyectos deberá necesariamente plantearse, para cada uno de los dos participantes, con previsión de gasto durante dos anualidades, para el 2026 el gasto previsto no deberá ser superior al 50% del total del presupuesto

Será obligatoria la participación en el proyecto de, al menos, una PYME definida conforme al anexo 1 del Reglamento (UE) nº 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, modificado por el Reglamento (UE) 2023/1315 de la Comisión de 23 de junio de 2023 (DOUE L167, 30.06.2023)

Gastos subvencionables

Se consideran financiables los siguientes conceptos:

  • Gastos de personal, incluyendo salarios y cuotas de la Seguridad Social. En caso de proyectos de I+D los gastos de personal podrán referirse a personal investigador, técnico y demás personal auxiliar, con las limitaciones establecidas en el resuelvo séptimo, apartado 5
  • Otros gastos distintos de los de personal , que alcanzarán el 25% de los costes de personal válidamente justificados, sin necesidad de cálculo o aportación de justificación de gasto. Todo ello acorde a las bases reguladoras de esta convocatoria y el artículo 56 del Reglamento UE 2021/1060 por el que se establecen las disposiciones comunes realizadas en Fondos Europeos de DEsarrollo Regional

No serán financiables:

  • En ningún caso se subvencionarán aquellos proyectos que directa o indirectamente ocasionen un perjuicio significativo al medio ambiente
  • No se subvencionarán aquellos proyectos dirigidos a aumentar la eficiencia de los combustibles fósiles y tecnologías relacionadas

Requisitos / Datos de interés

  • En el proyecto cooperarán en el desarrollo de las actividades y la financiación de las mismas dos empresas. Ambas empresas participantes deberán ser necesariamente solicitantes de subvención a esta actuación para el mismo proyecto
  • La cooperación deberá evidenciarse mediante un acuerdo firmado electrónicamente
  • En el proyecto cooperarán al menos una jornada de difusión y demostración de la tecnología en el entorno operativo donde se haya llevado a cabo la innovación
  • Los proyectos deberán justificar un potencial aprovechamiento comercial de los resultados del proyecto
  • Los proyectos deberán enmarcarse en las prioridades de especialización identificadas en la estrategia de especialización inteligente de la Comunitat Valenciana, que se puede consultar en: https://cindi.gva.es/es/web/s3cv/que-es-la-s3cv
  • Los proyectos no deberán vulnerar en ningún caso el principio de no discriminación por razón de sexo, raza, origen étnico, religión, convicciones, diversidad funcional, edad u orientación sexual

Plazo de ejecución

Periodo subvencionables

  • Desde fecha de solicitud de la subvención, hasta el 31 de diciembre de 2028

Plazo de presentación de solicitud

Pendiente publicación del extracto. 15 días hábiles a partir del día siguiente de la publicación

Contacto

Enlace de la ayuda

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