AVI 2026 INCORPORACIÓN DE PERSONAS INVESTIGADORAS Y TECNÓLOGOS PARA PROYECTOS DE INNOVACIÓN EN EMPRESAS

AVI 2026 INCORPORACIÓN DE PERSONAS INVESTIGADORAS

Agencia Valenciana de la Innovación (AVI)(IVACE+i Innovación)convocan subvenciones en materia de fortalecimiento y desarrollo del Sistema Valenciano de Innovación para la mejora del modelo productivo para los ejercicios 2026 a 2028, concretamente en su Anexo II. Promoción del talento, en la línea de Incorporación de investigadores y tecnólogos para proyectos de innovación en empresas, publicada por la Generalidad Valenciana.

Objetivo de la convocatoria

Incentivar la contratación de personas investigadoras y tecnólogas que desarrollen proyectos de I+D+i o realicen la implantación de tecnologías relacionadas con la nueva economía en empresas, o bien desarrollen proyectos que faciliten la consolidación de nuevas empresas innovadoras.

¿Quién puede solicitar la ayuda?

Tendrán la condición de entidades beneficiarias las siguientes personas jurídicas cuya sede social o centro de desarrollo de actividad se encuentre situado en la Comunitat Valenciana

  • Medianas empresas
  • Gran empresa
  • PYMES
  • Empresas que estén encuadradas en las secciones C, D, E, F, divisiones 10 a 43, de la Clasificación Nacional de actividades económicas (CNAE 2009). Los CNAE son los siguientes:
    • Sección C: Industria manufacturera
    • Sección D: Suministro de energía eléctrica, gas, vapor y aire acondicionado
    • Sección E: Suministro de agua, actividades de saneamiento, gestión de residuos y descontaminación
    • Sección F: Construcción
  • O clasificadas como empresas de servicios intensivos en conocimiento, con código de CNAE 2009 (NACE Rev 2) incluido en la clasificación de la Oficina de Estadística de la Unió Europea (Eurostat) accesible en:
    • Servicios de alta tecnología (High-tech KIS)
    • Servicios de mercado (Market KIS)
    • Servicios financieros (Financial KIS)
    • Otros servicios intensivos en conocimiento
  • En el caso de la sublínea 2.2 (mantenimiento) la entidad debe haber sido beneficiariaa en la línea de incorporación de personas investigadoras y tecnólogas para proyectos de innovación en empresas, de convocatorias anteriores.

Tipo de proyectos subvencionables

  • Sublínea 2.1: Contratación por empresas de personal investigador o técnico para desarrollar actividades de I+D+i
  • Sublínea 2.2: Mantenimiento del personal investigador o técnico

Tipo de ayuda y dotación

Subvención a fondo perdido

Ayuda en régimen de concurrencia competitiva

Dotación presupuestaria

  • Dotación presupuestaria de 775.000€

Intensidad de la ayuda

  • Hasta el 50% de los gastos considerados como subvencionables para PYMES y hasta el 30% para grandes empresas
  • Incremento de la intensidad de subvención hasta en un 5% cuando la persona contratada sea mujer al objeto de paliar la brecha de género existente en la investigación científico-técnica.

Presupuesto mínimo

  • El coste salarial subvencionable máximo mensual no podrá superar los 4.500€ (titulado universitarios) o 3.500€ (titulado FP) (incluyendo la parte proporcional de las pagas extraordinarias y otras retribuciones)
  • Coste total máximo anual subvencionable de 14.000€ para gastos de servicios externos de consultoría y asistencia técnica destinados de manera exclusiva al desarrollo de las acciones presentadas en el proyecto
  • Coste subvencionable máximo por hora de formación es de 90€ y el coste total subvencionable máximo anual por subvención en este concepto es de 10.000€

El personal contratado deberá dedicarse de manera exclusiva a las tareas de I+D+i, implantación de tecnologías o proyectos de consolidación previstos en la memoria descriptiva del proyecto.

Ayuda sometida a régimen de minimis, con un máximo de 300.000€ en ayudas minimis acumulables en tres años.

Gastos subvencionables

Se consideran financiables los siguientes conceptos:

  • Gastos de personal directamente relacionados con el proyecto
  • Gastos de servicios externos de consultoría y asistencia técnica destinados de manera exclusiva al desarrollo de las acciones presentadas del proyecto
  • Gastos ocasionados por la participación del personal investigador o técnico contratado en acciones formativas directamente relacionadas con su actividad de I+D o de gestión de la innovación en la empresa, en concreto, matrículas e inscripciones en cursos, congresos y jornadas.

No serán financiables:

  • No se consideran gastos subvencionables aquellos consistentes en soporte de gestión para la presentación de la solicitud de la subvención o para la justificación de la ejecución del proyecto
  • Proyectos que vulneren en ningún caso el principio de no discriminación por razón de sexo, raza, origen étnico, religión, etc.
  • Proyectos que directa o indirectamente ocasionen un perjuicio significativo al medio ambiente
  • Proyectos dirigidos a aumentar la eficiencia de los combustibles fósiles y tecnologías relacionadas

Requisitos / Datos de interés

  • Las entidades solicitantes sólo podrán presentar dos solicitudes para el apoyo a una persona investigadora o tecnóloga por solicitud
  • La selección del personal investigador o técnico deberá realizarse respetando las políticas horizontales en materia de igualdad de oportunidades
  • El nivel del empeló en la empresa deberá de haber mantenido entre el periodo comprendido entre la publicación de la convocatoria y la finaclización del preiodo elegible
  • En el caso de rescisión de contrato laboral antes de la finalización del periodo elegible, la empresa deberá de justificar adecuadamente el motivo de dicha rescisión, quedando así miso obligada a la selección y contratación de una nueva persona investigadora de un perfil similar o equivalente.
  • Cualquier incidencia o modificación en los contratos financiados con cargo a este programa, deberá comunicarse a la AVI en el momento en que se produzca
  • En la sublínea 2.2, deberá existir continuidad en la empresa de la persona apoyada en el ejercicio anterior de manera ininterrumpida entre el final de un ejercicio y el inicio del siguiente, con las salvedades decritas en este apartado
  • Requisitos del personal de apoyo
    • Titulación universitaria o de técnico superior en formación profesional, preferentemente, con experiencia en proyectos de I+D
    • No haber estado vinculado laboralmente con la empresa beneficiaria ni con ninguna otra relacionada accionarial o socialmente con la misma en los dos años anteriores a la fecha de formalización del contrato. En el caso de las empresas spin-off no será de aplicación este requisito si la vinculación laboral se ha mantenido con una institución de I+D pública o privada sin ánimo de lucro que participa en el accionariado o en el capital de la nueva empresa.
    • En el momento de presentar la solicitud, la persona no puede tener una participación en el capital de la empresa solicitante, ni en otra vinculada, que le permita ejercer control directo o indirecto. Com carácter general, la participación no podrá superar el 25% dl capital, no se aplica enste criterio en el caso del spin-off
  • El contrato de trabajo deberá realizarse por cuenta ajena y respetando la categoría profesional y remuneración del perfil profesional contratado, no siendo admisibles los contratos en prácticas. Solo se admiten contratos de personas encuadradas en estos grupos de cotización:
    • Grupo 1 y 2 de la seguridad social para titulados universitarios
    • Grupo 3, 4 y 5 para técnicos superiores de FP
  • El contrato deberá incluir la mención de haber sido financiado tanto por la AVI como por la Unión Europea. En el caso de la sublínea 2.1, deberá haberse suscrito antes de que finalice la primera anualidad
  • Si durante la vigencia del contrato hay una suspensión por:
    • Incapacidad temporal de al menos 3 meses seguidos, maternidad o paternidad, riesgo durante el embarazo, riesgo durante la lactancia natural, adopción o acogimiento, la empresa puede hacer una sustitución temporal mediante contrato de interinidad. La persona sustituida debe tener un perfil ajustado a los requisitos exigidos y su contratación debe servir solo para continuar el plan de trabajo. Esa situación solo puede durar hasta que se reincorpore la persona inicialmente apoyada. Esa situación solo puede durar hasta que se reincorpore la persona inicialmente apoyada. Si no hay sustitución, del contrato suspendido solo serán subvencionables los gastos de cotización a la Seguridad Social.
  • El proyecto debe incluir entre sus objetivos la transferencia de resultados de investigación al ámbito industrial y empresarial o el trasvase de factores de innovación
  • El proyecto debe encajar obligatoriamente en las prioridades de la Estrategia de Especialización Inteligente de la Comunitat Valenciana (S3-CV)

Plazo de ejecución

Periodo subvencionables

  • Desde fecha de solicitud de la subvención, hasta el 31 de diciembre de 2028

Plazo de presentación de solicitud

Pendiente publicación del extracto. 15 días hábiles a partir del día siguiente de la publicación

Contacto

Enlace de la ayuda

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