
El diario oficial de la generalitat de Cataluña ha lanzado la CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA PROYECTOS DE INVERSIONES PRODUCTIVAS EN CATALUÑA, destinada a fomentar proyectos de inversión industrial que impulsen la política industrial en la región mediante la creación de nuevos centros productivos o la mejora de procesos productivos.
Objetivo de la convocatoria de Subvenciones para proyectos de inversiones productivas en Cataluña
Fomentar proyectos de inversiones productivas en Cataluña para impulsar la política industrial, mediante inversiones en nuevos centros productivos o en la mejora de procesos productivos que contribuyan al mantenimiento y/o incremento del empleo.
¿Quién puede solicitar la ayuda?
Empresas que cumplan los requisitos establecidos en las bases reguladoras de la Orden EMT/42/2024 y que desarrollen proyectos de inversión industrial en Cataluña.
- Grandes empresas
- PYMES
Excluidos como beneficiarios: personas físicas autónomas, fundaciones y asociaciones
Tipo de proyectos subvencionables
Proyectos de inversión industrial que contemplen:
- Creación de nuevas plantas de producción.
- Mejoras o implantación de nuevos procesos productivos.
- Inversiones que impliquen mantenimiento o incremento neto de los puestos de trabajo.
Tipo de ayuda y dotación
- Subvención a fondo perdido.
- Intensidad de ayuda:
Hasta el 20% de la inversión elegible, con un máximo de 500.000 € por proyecto.
- Presupuestos mínimos:
La inversión mínima de estos proyectos de inversión será de 100.000,00 euros para las micro, pequeñas y medianas empresas y de 1.000.000,00 euros para las grandes empresas.
- Dotación presupuestaria 2026 total:
37.628.660,23 € y esta cuantía máxima para esta convocatoria puede ampliarse.
- En régimen de concurrencia competitiva.
- Subvención sujeta al régimen de minimis, con un límite de 300.000 € por empresa en tres años.
Gastos subvencionables
Se consideran subvencionables, entre otros:
- Maquinaria de procesos productivos o elementos integrados en líneas de producción.
- Ingeniería del proceso productivo asociada a la maquinaria.
- Software vinculado a la inversión productiva.
- Instalaciones necesarias y obra civil para la puesta
Requisitos / Datos de interés
Algunos requisitos:
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias ante la Generalitat de Catalunya y del Estado y de las obligaciones ante la Seguridad Social.
- La empresa solicitante y el proyecto subvencionado deben tener un Código CCAE 10, 11 o del 13 al 32, de acuerdo con lo establecido en la base 5.1 de esta Orden.
- Tener la financiación cerrada del proyecto al menos en un 50% ya sea con recursos propios, financiación bancaria formalizada o aportaciones de capital de terceros.
- El importe de la subvención en ningún caso puede ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de la actividad subvencionada.
En caso de que la ayuda se acoja al Reglamento (UE) núm. 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado (DOUE L 187/1, de 26.6.2014), la cuantía máxima de la ayuda está limitada a:
- 15% de los gastos subvencionables en caso de ser gran empresa y la ayuda se someta al artículo 14 de dicho Reglamento;
- 10% de los gastos subvencionables en caso de que la persona solicitante tenga la consideración de una empresa mediana y la ayuda se someta al artículo 17 de dicho Reglamento.
Plazo de ejecución
Desde el 2 de enero de 2026 hasta un máximo de 18 meses desde la publicación de la convocatoria.
Plazo de presentación de solicitud
Desde el 10 de marzo del 2026 al 22 de abril al 2026 a las 14:00h.
Contactar con nosotros para obtener el mejor asesoramiento para la solicitud de esta ayuda, y consúltala más a fondo en la web oficial si fuese necesario.