
La Consejería de Industria, Empleo, Innovación y Comercio del Gobierno de Cantabria convoca la línea de subvenciones INNOVA para el ejercicio 2026. Esta subvención está publicada a partir de la Orden IND/11/2026, de 23 de marzo publicada en el Boletín Oficial de Cantabria (BOC nº63, de 1 de abril de 2026).
Objetivo de la convocatoria
Incentivar la innovación en el entorno empresarial mediante el apoyo a proyectos de investigación industrial, desarrollo experimental y estudios de viabilidad cuyo objetivo final sea la obtención de nuevos productos, procesos y/o servicios. La convocatoria se enmarca en el Programa FEDER de Cantabria 2021-2027 y en la Estrategia RIS3.
¿Quién puede solicitar la ayuda?
- Gran empresa
- PYMES
Cuya actividad se corresponda con alguna de las relacionadas a continuación:
- Relación de actividades incluidas en el sector industrial
- Relación de actividades incluidas en el sector de servicios de apoyo a la industria, siempre que se realicen tales actividades para el sector industrial y de forma habitual
- Relación de actividades incluidas en los sectores prioritarios y ámbitos tecnológicos prioritarios contemplados incluidas en los sectores prioritarios y ámbitos tecnológicos prioritarios contemplados en la Estrategia Especialización Inteligente de Cantabria 2021-2027
- Actividades que tengan alguna de las siguientes características: biomedicina, bioquímica, farmacología, micro y bioelectrónica, fabricación inteligente, materiales avanzados, biomateriales, sensores, aplicaciones en sistemas energéticos eficientes. Que operen en el sector servicios y la nueva actividad esté basada en el desarrollo de la sociedad de la información, de la innovación, de las nuevas tecnologías y la eficiencia energética
*En el caso de que el solicitante realice varias actividades económicas, el proyecto debe aplicarse exclusivamente sobre alguna de las actividades incluidas en el ámbito de aplicación de la presente Orden.
No son subvencionables las actividades vinculadas a:
- Exportación, cuando la ayuda dependa de las cantidades exportadas o financie redes/gastos corrientes de exportación
- Uso obligatorio de productos nacionales frente a importados
- Pesca y acuicultura
- Producción agrícola primaria
- Transformación y comercialización de productos agrícolas
- Sector del carbón
- Transporte
- Producción y distribución de energía e infraestructuras energéticas
Tipo de proyectos subvencionables
- Proyectos de investigación industrial
- Proyectos de desarrollo experimental
- Estudios de viabilidad, siempre ligados a investigación industrial o desarrollo experimental
No serán subvencionables:
- Proyectos que utilicen tecnologías maduras o actuaciones no definidas o incoherentes con los objetivos de la convocatoria
Tipo de ayuda y dotación
Subvención a fondo perdido
Ayuda en régimen de concurrencia competitiva
Dotación presupuestaria
- Dotación presupuestaria de 5.000.000€
Intensidad de la ayuda
- Máximo de 1.000.000€ por empresa
Investigación industrial
- PYME: 65%
- Gran empresa: 55%
Desarrollo experimental
- PYMES: 40%
- Gran empresa: 30%
Estudios de viabilidad
- PYMES: 65%
- Estudios viabilidad: 55%
*Se podrá subvencionar más de un proyecto de innovación por empresa solicitante
- Máximo 70% sobre el presupuesto total subvencionable al personal investigador o técnico
- Cantidades máximas según categoría profesional para gesto de personal:
- Dirección técnica proyectos: 50€/hora
- Técnico superior: 41€/hora
- Técnico medio: 28€/hora
- El gasto de material no podrá superar el 50% del gasto total subvencionable
La empresa beneficiaria deberá mantener la actividad en Cantabria durante 5 años desde el pago de la subvención si es gran empresa, o 3 años si es PYME
Gastos subvencionables
Se consideran financiables los siguientes conceptos:
- Gasto de personal directamente relacionados con el proyecto. Personal con contrato en los grupos 1 o 2 de cotización a la Seguridad Social
- Costes de instrumental y material de nueva adquisición directamente vinculados al proyecto, o alquiler de dicho instrumental y material durante el periodo de ejecución
- Costes de investigación contractual, conocimientos y patentes adquiridos u obtenidos por licencias de fuentes externas, así como consultoría y servicios equivalentes destinados exclusivamente al proyecto
- En determinación de proyectos de salud: equipos informáticos, herramientas de diagnóstico y recogida de datos, servicios de I+D y ensayos
- Solo para PYMES: costes de obtención, variación y defensa de patentes y otros activos inmateriales
- Gastos del informe de auditor de cuentas
Requisitos / Datos de interés
- El plazo de ejecución del proyecto y por tanto, el periodo de cobertura de los gastos subvencionados será el comprendido entre la fecha de inicio de proyectos y la fecha establecida en la resolución de concesión de la subvención, ambos inclusive. Únicamente para los gastos de personal y de informe auditor, se admitirá el pago en el mes siguiente a la financiación del plazo de ejecución
- Los gastos subvencionados deben estar facturados y pagados íntegramente dentro de dicho plazo de ejecución. Se considera que la fecha de pago será, a todos los efectos, la fecha de valor del acuerdo o cargo bancario
- El proyecto debe tener efecto incentivador, por lo que la solicitud debe presentarse antes del inicio del proyecto
- Las solicitudes se valoran con criterios de innovación, interés del proyecto, impacto en la competitividad, viabilidad económica y técnica, colaboración con universidades/centros tecnológicos e incluso bonificaciones por igualdad de género y localización en Besaya o Campoo, Los Valles
- Los proyectos deben alcanzar al menos 50 puntos, sin contar determinadas bonificaciones, para poder ser subvencionables
- Los gastos subvencionados deben estar facturados y pagados íntegramente dentro de dicho plazo de ejecución. Se considera que la fecha de pago será, a todos los efectos, la fecha de valor del acuerdo o cargo bancario
Plazo de ejecución
Periodo subvencionables
- La fecha de inicio de proyecto tendrá que ser igual o posterior a la fecha de solicitud
- El plazo máximo de ejecución del proyecto comprenderá desde la fecha de inicio del proyecto hasta la fecha establecida en la resolución de concesión de la subvención. Únicamente para los gastos de personal y del informe auditor, se admitirá el pago en el mes siguiente a la finalización del plazo de ejecución
Plazo de presentación de solicitud
- Desde el 2 de abril de 2026 al 1 de junio de 2026