
El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico ha publicado la orden de bases que regula las ayudas para el Refuerzo de la Cadena de Valor Industrial de Tecnologías Limpias. Se trata de una línea de subvenciones orientada a impulsar la fabricación, integración y desarrollo de tecnologías limpias clave para la transición energética.
Objetivo de Refuerzo de la Cadena de Valor Industrial de Tecnologías Limpias
Financiar proyectos que refuercen la cadena de valor industrial de tecnologías limpias como energías renovables, almacenamiento energético, hidrógeno verde o descarbonización industrial. Se enmarca en el PRTR (Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia) y en la inversión C31.I3 del mecanismo REPowerEU.
Beneficiarios
Podrán acceder a la ayuda:
- Personas jurídicas (públicas o privadas), válidamente constituidas en España.
- Agrupaciones sin personalidad jurídica (todos los miembros deben cumplir requisitos individualmente).
No podrán ser beneficiarios:
- La Administración General del Estado.
- Empresas en crisis.
- Entidades incursas en prohibiciones del artículo 13 de la Ley 38/2003 (deudas, sanciones, conflicto de interés, etc.).
Tipo de Proyectos Subvencionables
Proyectos industriales que impulsen la cadena de valor en tecnologías limpias, incluyendo:
- Energías renovables
- Hidrógeno verde
- Almacenamiento energético
- Descarbonización industrial
- Manufactura avanzada y componentes clave
Tipo de Ayuda y Dotación
Subvención a fondo perdido.
- Régimen: concurrencia competitiva
- Intensidad variable según el tamaño de la empresa, ubicación del proyecto y tipo de actuación (según marco CISAF)
- Compatible con otras ayudas públicas si no se superan los límites máximos de intensidad
La dotación presupuestaria y condiciones concretas se establecerán en la convocatoria correspondiente.
Gastos Subvencionables
Se concretarán en la convocatoria, pero deben:
- Estar directamente vinculados al proyecto
- Tener contabilidad diferenciada
- Mantenerse durante al menos 5 años (3 años en caso de pymes)
- Cumplir el principio DNSH (no causar perjuicio significativo al medioambiente)
Requisitos/ Datos de Interés
- El proyecto no puede haberse iniciado antes de la solicitud
- Cumplimiento obligatorio de la Ley de Morosidad (pagos a proveedores ≤ 60 días)
- Se requerirán declaraciones responsables sobre situación financiera y otras ayudas
- Las inversiones deben mantenerse durante el plazo obligatorio
- Las actuaciones deben desarrollarse en un único establecimiento industrial
- Obligación de cumplir con el marco del PRTR, normativa europea y principios de igualdad de género
Plazo de Ejecución
Se fijará en cada convocatoria.
El proyecto deberá iniciarse tras la presentación de la solicitud y mantenerse durante:
- 5 años para grandes empresas
- 3 años para pymes
Plazo de Solicitud
Pendiente de publicación.
Se establecerá en la convocatoria correspondiente publicada por el IDAE.
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