PROGRAMA 2. SECTOR EMPRESARIAL Y AGROALIMENTARIO

La Agencia Andaluza de la Energía ha publicado la convocatoria del “Programa 2 – Sector empresarial y cadena agroalimentaria”, enmarcada en el desarrollo energético sostenible de Andalucía (FEDER 2021–2027).

Esta línea de ayudas está orientada a fomentar inversiones que mejoren la eficiencia energética y promuevan el uso de energías renovables en empresas con actividad en Andalucía, especialmente dentro del tejido agroalimentario.

Objetivo del Programa 2 – Sector Empresarial y Agroalimentario

Incentivar proyectos empresariales que reduzcan el consumo energético final, impulsen el uso de fuentes renovables y contribuyan al proceso de descarbonización, mejorando la competitividad y sostenibilidad del sector productivo andaluz.

Actuaciones subvencionables

Línea A – Edificios no residenciales

  • Mejora energética de instalaciones de iluminación, climatización, envolvente térmica, ACS y electricidad
  • Incorporación de energías renovables térmicas y eléctricas:
    • Biomasa, solar térmica, geotermia, aerotermia
    • Autoconsumo fotovoltaico, entre otras

Línea B – Procesos industriales y agroalimentarios

  • Sustitución de equipos, rediseño de procesos, mejora de la eficiencia térmica y eléctrica
  • Implantación de renovables para autoconsumo
  • Sistemas de almacenamiento energético
  • Gestión inteligente de la energía

¿Quién puede solicitar la ayuda?

  • Personas físicas o jurídicas que desarrollen una actividad económica en Andalucía
  • Empresas, ESEs (Empresas de Servicios Energéticos) reconocidas según el RD 56/2016
  • Comunidades de energías renovables o ciudadanas
  • Agrupaciones con personalidad jurídica propia

Límites e intensidad de la ayuda

  • Subvención a fondo perdido, en régimen de concurrencia no competitiva
  • Intensidad base: hasta el 45 % del coste incentivado
  • Ampliación posible hasta el 55 % si se cumplen criterios adicionales
  • Cofinanciado a través del FEDER 2021–2027
  • Dotación presupuestaria total: 44.651.278 €

Gastos subvencionables

  • Equipos e instalaciones necesarios para la mejora energética
  • Obra civil e instalaciones auxiliares directamente vinculadas
  • Redacción de proyectos, dirección facultativa e ingeniería (hasta el 8 %)
  • Legalizaciones, licencias y certificaciones necesarias
  • Auditorías energéticas y estudios de viabilidad técnica

No son subvencionables:

  • Mantenimiento, reparaciones, adquisición de inmuebles o elementos usados
  • Costes no relacionados directamente con el objeto del proyecto

Tipo de ayuda

Subvención a fondo perdido, en régimen de concurrencia no competitiva

Plazo de solicitud

Desde las 09:00 h del 12 de noviembre de 2025 hasta el 30 de septiembre de 2027, o hasta agotamiento de fondos

Plazo de ejecución

  • Hasta 24 meses desde la resolución de concesión
  • Las actuaciones no pueden estar ejecutadas en el momento de la solicitud

Contacto

Contacta con nuestro equipo

Enlace de la ayuda aquí

Otros Artículos relacionados

Scroll al inicio