
Se convoca para 2026 la línea de financiación «PRÉSTAMOS BONIFICADOS IVF INDUSTRIA AGROALIMENTARIA 2026», publicada por el Institut Valencià de Finances (IVF) en colaboración con la Conselleria de Agricultura, Agua, Ganadería y Pesca del Gobierno de la Comunitat Valenciana.
Objetivo de la convocatoria
Conceder préstamos bonificados para la financiación de personas jurídicas pertenecientes a la industria y cadena agroalimentaria de la Comunitat Valenciana, destinados principalmente a inversiones en activos fijos y/o necesidades de circulante, con el objetivo de impulsar la modernización, transformación productiva y crecimiento del tejido empresarial valenciano.
¿Quién puede solicitar la ayuda?
Podrán ser beneficiarias:
Las asociaciones mercantiles y sociedades cooperativas que pertenezcan a la industria y cadena agroalimentario de la Comunitat Valenciana, y que cumplan los siguientes requisitos:
- PYMES
- Operar en los CNAE 10, 11, 46.2 y 46.3.
- Tener al menos un establecimiento, sucursal de producción o de actividad en la Comunitat Valenciana.
- Tener una antigüedad mínima de 2 años y contar con al menos una persona empleada.
- Estar al corriente de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
- Disponer de la licencias, autorizaciones y permisos necesarios para ejecutar el proyecto y cumplir la normativa aplicable.
- No estar sujetos a una orden de recuperación de ayudas ilegales de la Comisión Europea.
- No estar incursos en prohibiciones para obtener ayudas públicas según la Ley General de Subvenciones.
Tipo de ayuda y dotación
Dotación presupuestaria: 2.240.000,00€
Préstamo bonificado.
- Valor nominal entre 100.000€ y 600.000€ (operaciones de inversión en activo fijo) o 450.000€ (financiación de circulante).
- Tipo de interés según clasificación crediticia. El IVF aplica una bonificación de forma que el resultante a pagar será un interés fijo del 1,5%.
Plazo de prestamo
- Entre 4 y 10 años, con posibilidad de carencia de hasta 3 años, en caso de inversión en activos fijos.
- Entre 2 y 4 años, con posibilidad de carencia de hasta 1 año, en caso de financiación de circulante.
Cobertura máxima:
- Hasta el 80% del coste de la inversión en activos fijos.
Plazo de ejecución
Periodo subvencionables
- Las inversiones no podrán iniciarse antes de la presentación de la solicitud de financiación (o hasta 6 meses antes en régimen de minimis) y deberán ejecutarse conforme al proyecto financiado durante la vigencia del préstamo.
Plazo de presentación de solicitud
- Desde el 04 de marzo de 2026 hasta el día 31 de diciembre de 2026 o hasta agotar el presupuesto.