
La Consejería de Industria, Empleo, Innovación y Comercio del Gobierno de Cantabria convoca la línea de subvenciones INDUSTRIA 4.0 para el ejercicio 2026. Las ayudas previstas en esta orden estarán financiadas por la Comunidad Autónoma de Cantabria y, en su caso, podrán ser cofinanciadas por la Unión Europea con recursos del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER)
Objetivo de la convocatoria
Impulsar que las empresas desarrollen proyectos de implantación de soluciones en el ámbito de la industria 4.0, mejorando procesos, productos y modelos de negocio y, con ello, las capacidades de negocio de las empresas. La ayuda se enmarca en el Programa FEDER Cantabria 2021-2027, Prioridad P1A, objetivo específico RDO 1.1 «Desarrollar y mejorar las capacidades de investigación y asimilar tecnologías avanzadas».
¿Quién puede solicitar la ayuda?
- Gran empresa
- PYMES
Sector económico:
- C-Industria Manufacturera
- B-Industria Extractivas
*Artículo 2. Ámbito de aplicación, Bases Reguladoras, para una mayor especificación de las actividades en las que se deben encuadrar las empresas beneficiarias. (https://boc.cantabria.es/boces/verAnuncioAction.do?idAnuBlob=418272)
No podrán ser beneficiarios:
- Empresas incursas en prohibiciones para obtener subvenciones conforme a la normativa aplicable
- Empresas en crisis
- Empresas que no tengan realizada la evaluación de riesgos laborales y la planificación de la actividad preventiva
Tipo de proyectos subvencionables
Podrán subvencionarse proyectos de industria 4.0 o digitalización Industrial ligados al producto-proceso industrial de la empresa, que permitan la mejora de procesos, productos y modelos de negocio y que incorporen soluciones de hibridación entre mundo físico y digital, comunicaciones y tratamiento de datos e inteligencia y gestión intra-empresa o interempresas.
Tecnologías subvencionables:
- Proyectos de fabricación avanzada con maquinaria y/o equipamiento avanzado (hardware y software)
- Proyectos de fabricación aditiva
- Proyectos de robótica avanzada y colaborativa
- Proyectos de IIoT (industrial internet o things)
- Proyectos de inteligencia artificial
- Proyectos de inteligencia artificial
- Proyectos de sistemas ciber-fisicos
- Proyectos de realidad virtual
- Proyectos de realidad aumentada y asistencia remota
- Proyectos de gemelos digitales (Digital Twins)
- Aplicaciones tecnológicas facilitadoras vinculadas a la industria 4.0
No serán subvencionables:
- Proyectos que no estén completamente definidos o no sean coherentes con los objetivos de proyectos o de la presente convocatoria
- No será subvencionable la mera adquisición de bienes de equipo no vinculada a un proyecto de estas características
- No se admitirán como actuaciones subvencionables aquellos productos o servicios descritos en la presente base que formen parte del propio catálogo de productos/servicios de la entidad beneficiaria
Tipo de ayuda y dotación
Subvención a fondo perdido
Ayuda en régimen de concurrencia competitiva
Dotación presupuestaria
- Dotación presupuestaria de un máximo de 1.500.000€
Intensidad de la ayuda
- Máximo 75% para todos los gastos subvencionables del proyecto
- Máximo 200.000€ por empresa
Presupuesto subvencionable
- Entre 30.000€ y 400.000€
Máximo 20% del gasto total subvencionable en gastos en colaboración externa para el diagnóstico e implantación del proyecto
Obligación de empresa beneficiaria de mantener su actividad y la inversión en Cantabria por un periodo mínimo de 5 años Gran empresa y 3 años PYME desde el pago de la subvención
Si el presupuesto subvencionable del proyecto supere los 400.000€, la base de cálculo a considerar para la determinación de la cuantía de la subvención se fijará en 400.000€
Se podrá subvencionar más de un proyecto por empresa solicitante, con el límite máximo señalado, mediante reparto proporcional
Sujeta a régimen de minimis, con un límite máximo de 300.000€ en un periodo de tres años por empresa
Gastos subvencionables
Tipos de inversión elegibles:
- Inversiones en activos inmateriales y/o materiales nuevos para adquisición de maquinaria y/o equipamiento avanzado (hardware y software), u otro equipamiento necesario para su funcionamiento
- Colaboraciones externas necesarias para el diagnóstico e implantación del proyecto de industria 4.0, presentadas por empresas o entidades con experiencia acreditada
- Gastos del informe auditor de cuentas exigido para la justificación
No son financiables
- Gastos que construyan una actividad permanente o periódica o gastos normales de funcionamiento
- Costes de moldes y matrices
- Gastos con empresa proveedoras vinculadas a la beneficiaria, salvo excepciones previstas
- IVA e impuestos indirectos recuperables o compensables
- Actuaciones o proyectos no definidos completamente o no coherentes con el objeto de la convocatoria
- Mera adquisición de bienes de equipo no vinculada a un proyecto de estas características
Requisitos / Datos de interés
- Las empresas beneficiarias se comprometen a cumplir con los principios de igualdad de oportunidades, no discriminación, igualdad entre hombres y mujeres, desarrollo sostenible
- Los proyectos deberán estar situados en un nivel TRL (Technology Readiness Levels) 5 a 9 ambos incluidos
- Los proyectos han de ser completos, es decir, aunque ampliable y mejorable en un futuro, sea ya totalmente suficiente para su aplicación
- Los proyectos propuestos deberán de ser técnica, económica y financieramente viables
- Los proyectos deberán alcanzar la valoración mínima establecida en el artículo 13.3 de la orden de bases
- Los gastos subvencionables deben estar facturados y pagado íntegramente dentro de dicho plazo de ejecución. Se considera que la fecha de pago será, a todos los efectos, la fecha de valor del adeudo o cargo bancario. Únicamente para el gasto del informe auditor se admitirá el pago en el mes siguiente a la fecha de terminación del plazo de ejecución
Plazo de ejecución
Periodo subvencionables
- Entre el 1 de enero de 2026 y la fecha de finalización del proyecto establecida en la notificación de resolución de concesión de la subvención
*Según lo establecido en el art. 63.6 del reglamento UE 2021/1060, la fecha de finalización del proyecto no podrá ser anterior a la fecha de solicitud de la subvención en ningún caso podrá ir más allá del 30 de junio de 2027
Plazo de presentación de solicitud
- Desde el 8 de abril de 2026 al 7 de mayo de 2026