
A partir de la Resolución del 22 de septiembre de 2026, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Investigación, se aprueban las convocatorias correspondientes al año 2026, de las Ayudas Torres Quevedo y las ayudas para la formación de doctores y doctoras en empresas y otras entidades «Doctorados Industriales».
Objetivo de la convocatoria
Promover proyectos de investigación industrial o desarrollo experimental en empresas y otras entidades del entorno socioeconómico, en los que se enmarque una tesis doctoral.
Favorecer la incorporación temprana de personal investigador, su empleabilidad, la transferencia de conocimiento y la colaboración público-privada.
¿Quién puede solicitar la ayuda?
Podrán ser beneficiarias:
- Empresas, incluidas spin-off y Jóvenes empresas Innovadoras, constituidas o con inicio de actividad antes presentar la solicitud.
- Entidades privadas sin ánimo de lucro y administraciones públicas que no tengan la I+D+i entre sus fines o actividad a desarrollar y puedan ejecutar un proyecto de investigación industrial o desarrollo experimental destinado a transferencia de conocimiento.
*Todas las entidades: válidamente constituidas, residencia fiscal o establecimiento permanente en España y capacidad de contratación laboral.
Tipo de ayuda y dotación
Subvención a fondo perdido.
Régimen de concurrencia competitiva.
Dotación presupuestaria: 8.000.000€.
Intensidad máxima:
- Investigación industrial:
- 70% pequeña empresa.
- 60% mediana empresa.
- 50% gran empresa.
- Desarrollo experimental:
- 45% pequeña empresa.
- 35% mediana empresa.
- 25% gran empresa.
- Administraciones públicas y entidades privadas sin ánimo de lucro:
- intensidad de gran empresa si el proyecto está ligado a actividades económicas; 100% si financia exclusivamente actividades no económicas.
Límite por concepto:
- Coste de contratación máximo financiable: 34.400€ por año.
- Movilidad: ayuda única de 8.500€.
- Otros gastos de ejecución: ayuda máxima de 40.000€ por proyecto.
- Matrícula: ayuda única de 1.500€ al 100%.
*Retribución bruta anual mínima de la persona contratada: 25.400€.
Gastos subvencionables
Se consideran subvencionables los siguientes gastos:
- Contratación de la persona seleccionada: retribución dineraria bruta y cuota empresarial a la Seguridad Social.
- Movilidad: alojamiento y manutención.
- Otros gastos de ejecución del proyecto.
- Matrícula de enseñanza de doctorado.
- La subcontratación puede alcanzar hasta el 50% del presupuesto financiable, excluidas las contrataciones laborales.
Plazo de ejecución
Periodo subvencionables
- Duración de cuatro años y la fecha de inicio de su cómputo estará comprendida dentro del plazo para la presentación de contratos.
Plazo de presentación de solicitud
- Desde el 30 de septiembre del 2026 hasta el 26 de octubre de 2026.