MOVES

La movilidad eléctrica continúa siendo una pieza clave en la estrategia para reducir emisiones y avanzar hacia un modelo de transporte más sostenible. En este contexto, el Programa de Incentivos ligados a la Movilidad Eléctrica (MOVES III) abre una nueva ventana de oportunidades para fomentar tanto la adquisición de vehículos eléctricos como la instalación de infraestructuras de recarga.

¿Cuál es el objetivo?

El programa tiene como finalidad acelerar la descarbonización del transporte en España, apoyando la compra de vehículos eléctricos y el despliegue de puntos de recarga, en línea con los objetivos del Plan Nacional Integrado de Energía y Clima (PNIEC) 2023-2030.

¿Quién puede beneficiarse?

Pueden optar a las ayudas:

  • Personas físicas

  • Autónomos

  • Empresas (PYMEs y grandes)

  • Comunidades de propietarios

  • Entidades públicas

  • Entidades sin ánimo de lucro

¿Qué actuaciones son subvencionables?

El programa se estructura en dos líneas principales:

Programa 1: Adquisición de vehículos eléctricos

Incluye vehículos eléctricos enchufables o de pila de combustible de distintas categorías (M1, N1, L3e-L7e, M2, M3, N2, N3). También contempla vehículos de demostración con menos de 9 meses. En caso de achatarramiento de un vehículo antiguo, se podrá acceder a una ayuda adicional.

Programa 2: Infraestructura de recarga

Subvenciona la instalación de puntos de recarga tanto de acceso público como privado. Incluye:

  • Nueva infraestructura

  • Sistemas inteligentes de gestión de carga

  • Recarga bidireccional (si procede)

  • Generación “in situ” vinculada (con limitación de potencia)

¿Qué gastos se cubren?

Las ayudas cubren:

  • Coste de adquisición del vehículo (incluidos impuestos no recuperables y extras necesarios)

  • Equipos y obra civil para instalación de puntos de recarga

  • Costes de ingeniería, legalización y dirección de obra

  • Software de gestión del punto

  • Elementos para recarga inteligente (obligatorios en ≤ 22 kW)

  • Baterías o unidades renovables asociadas al punto de recarga

Se excluyen gastos recurrentes, mantenimiento, y elementos no esenciales. Para ayudas inferiores a 100.000 €, se permite una cuenta justificativa simplificada.

¿Cuál es la intensidad de las ayudas?

Dependerá del tipo de beneficiario, tecnología y ubicación:

  • Personas físicas sin actividad económica: hasta el 70%

  • Empresas: entre el 35% y el 55%, según tamaño

  • Recarga ≤ 22kW: hasta 80 % si se cumplen requisitos de reto demográfico / pyme.

  • Achatarramiento y localización <5.000 habitantes: incrementa la ayuda base

  • Colectivos específicos (movilidad reducida, taxis/VTC): condiciones más favorables

¿Cómo y cuándo solicitar?

Las ayudas se conceden por orden de llegada, en régimen de concurrencia simple, y son gestionadas por cada comunidad autónoma.

  • Plazo de solicitud: del 1 de enero al 31 de diciembre de 2025

  • Inicio de gastos subvencionables: desde el 1 de enero de 2025 (retroactivo)

  • Duración de ejecución: variable según la resolución autonómica

 

MOVES III

 

Este programa ofrece una vía directa para que particulares, empresas y entidades se sumen a la movilidad eléctrica, con ayudas claras, plazos definidos y condiciones ventajosas para colectivos específicos y zonas rurales. Si estás pensando en dar el salto, 2025 será el momento perfecto para hacerlo.

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