Las deducciones fiscales buscan incentivar la adquisición de tecnologías limpias con bajo impacto ambiental, contribuyendo a la reducción de la huella ecológica en sectores productivos.
Actuaciones Subvencionables
Se subvenciona la inversión en adquisición de equipos de tecnologías limpias con bajo grado de implantación y ventajas ambientales, agrupadas en las siguientes categorías:
- Energías renovables
- Economía circular
- Contaminación cero
Beneficiarios
Podrán beneficiarse de estas ayudas las empresas con domicilio fiscal en el País Vasco, sujetas al Impuesto de Sociedades. Algunas tecnologías limpias son aplicables a los siguientes sectores:
- Industria química
- Metalurgia
- Automoción
- Gestión de residuos
- Fabricación de productos de caucho y plásticos
- Fabricación de productos metálicos, excepto maquinaria y equipo
Gastos Subvencionables
- Tratamiento de Agua y Residuos
- Purificación y filtración: Microfiltración, ultrafiltración, ósmosis inversa, electrocoagulación, biofiltros.
- Reciclaje y reutilización: Separadores ópticos, filtración de taladrina, regeneración de arenas, briquetadoras.
- Limpieza y tratamiento superficial: Desengrase en circuito cerrado, ultrasonidos, decapado por inducción.
- Control de Emisiones y Calidad del Aire
- Captura y tratamiento de gases: Biolavadores, fotoxidación, ionización, electrofiltros, quemadores de bajas emisiones.
- Reducción de compuestos nocivos: Adsorción, oxidación térmica y catalítica.
- Procesos industriales optimizados: Cabinas de aspiración, sistemas de recubrimiento sin disolventes.
- Energía y Movilidad Sostenible
- Energías renovables y almacenamiento: Fotovoltaica, aerogeneradores, biomasa, geotermia, hidrógeno.
- Eficiencia energética: Bombas de calor, microcogeneración, climatización con calores residuales.
- Movilidad limpia: Vehículos eléctricos e hidrógeno, puntos de recarga.
- Reducción de Ruido y Optimización de Procesos
- Ruido industrial: Silenciadores absorbentes.
- Optimización de materiales y producción: Lubricación eficiente, recubrimientos avanzados, fosfatación orgánica.
Intensidad de la Ayuda
- Deducción fiscal del 30% del importe de la inversión.
- Límite de hasta el 50% de la cuota líquida en una liquidación.
- Cantidades no deducidas por insuficiencia de cuota pueden aplicarse en los 30 años inmediatos y sucesivos.
Plazos
- Plazo de solicitud: Abierta hasta agotar fondos.
- Plazo de ejecución: Las inversiones deben realizarse dentro del ejercicio fiscal en curso.
En el siguiente esquema se encuentran de forma resumida las principales características de la convocatoria:
Esta iniciativa ofrece una oportunidad clave para que las empresas inviertan en tecnologías limpias y reduzcan su impacto ambiental, al tiempo que se benefician de importantes deducciones fiscales. Contacta con nuestro equipo y aprovecha esta oportunidad.