
A partir de la Resolución del 29 de septiembre de 2026, de la Dirección General de Empresas, se aprueba la convocatoria de Ayudas para el fomento de la puesta en marcha de nuevos establecimientos industriales, para el ejercicio 2026.
Objetivo de la convocatoria
Facilitar financiación a las PYMES para la puesta en marcha un nuevo establecimiento industrial, apoyando determinados costes críticos de su creación y contribuyendo a superar dificultades de los primeros años de actividad.
¿Quién puede solicitar la ayuda?
Podrán ser beneficiarias:
- PYMES.
- Deben estar válidamente constituidas e inscritas.
- Deben proyectar la creación de un establecimiento operativo en Castilla-La Mancha.
- Actividad incluida en la sección C del CNAE-2025.
Tipo de ayuda y dotación
Subvención a fondo perdido.
Régimen simplificado de concurrencia.
Dotación presupuestaria: 6.000.000€.
Intensidad máxima:
- 100% del gasto solicitado.
Importe máximo según puntuación:
- 80.000€ si el proyecto obtiene desde la puntuación mínima de 20 puntos hasta 75 puntos.
- 90.000€ si el proyecto obtiene desde 76 puntos hasta 100 puntos.
- 100.000€ si el proyecto obtiene más de 100 puntos.
*Los proyectos subvencionables deberán haber obtenido una puntuación mínima de 20 puntos
Gastos subvencionables
Se consideran subvencionables los siguientes gastos:
- Constitución y legalización del proyecto, notaría, licencias, clasificaciones industriales, urbanismo, permisos, etc.
- Análisis de localización industrial.
- Formalización de préstamos y avales.
- Consultoría para plan de negocio, implementación de un proyecto de IA, diseño de producto, procesos productivos/digitalización/industria 4.0 o 5.0, seguridad y prevención, protección de datos, medio ambiente y sostenibilidad.
- Formación de personal.
- Elaboración del primer plan de marketing.
- Patentes y marcas y gastos vinculados.
- Trabajos de planificación e ingeniería del proyecto de construcción.
- Suministro energético correspondiente a doce mensualidades.
- Gastos de alquiler de suelo y naves industriales, con el límite del gasto equivalente a 12 meses.
- Prestación de servicios TIC.
- Costes de amortización de las naves industriales que estén afectas al desarrollo del proyecto.
- Intereses de deuda, correspondientes al importe de doce mensualidades.
- Otros gastos corrientes estrictamente necesarios: máximo 5% del gasto subvencionable.
Plazo de ejecución
Periodo subvencionables
- Duración máxima de 24 meses desde el día siguiente a la notificación de la resolución; el plazo se fijará en la resolución.
Plazo de presentación de solicitud
- Desde el 06 de octubre de 2026 hasta el 05 de julio de 2027.