
En la Resolución de 1 de abril de 2026, de la Dirección General de Empresas, por la que se aprueba la convocatoria de las ayudas del Programa Adelante Inversión, para el fomento de la inversión y la mejora de la productividad empresarial en Castilla La Mancha, cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER). para el ejercicio 2026. La convocatoria se ampara en la Orden 125/2024, de 22 de julio, modificada por la Orden 24/2026, del 29 de enero.
Objetivo de la convocatoria
Facilitar la financiación a las empresas para poner en marcha proyectos empresariales, incorporarse y consolidarse en el tejido empresarial de Castilla La Mancha y mejorar su productividad mediante inversiones productivas. El procedimiento de concesión se tramita en régimen de procedimiento simplificado de concurrencia, resolviéndose las solicitudes por orden de presentación mientras exista crédito disponible.
¿Quién puede solicitar la ayuda?
Podrán ser beneficiarias:
- PYMES
- Según el artículo 3 de la Orden 125/2024, de julio, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo & anexo I del Reglamento (UE) nº 651/2014 de la Comisión, del 17 de junio de 2014.
- Empresas de actividad estacional, la misma deberá estar en funcionamiento a lo largo de todo el ejercicio económico, sin discontinuidad alguna. Y que voluntariamente decida acogerse a la consideración de PYME de actividad estacional haciéndolo constar de forma expresa en la solicitud de ayuda: CNAES 13, 12, 152, 5510, 5520, 5530, 5611, 5612, 5630, 855, 9329.
- Comunidad de bienes.
- Cooperativas de trabajo asociado.
- Sociedades laborales.
- Centros de trabajo o establecimiento en Castilla La Mancha
No podrán ser beneficiarias:
- Las empresas públicas, las participadas mayoritariamente por éstas y las entidades de derecho público.
- Las empresas que tengan por actividad la gestión de un servicio público, si el proyecto de inversión está vinculado al servicio público.
- Las cooperativas de segundo o ulterior grado.
- Las cooperativas agroalimentarias y las Sociedades Agrarias de Transformación, así como las cooperativas de segundo grado agroalimentarias.
- Las sociedades laborales cuando su actividad principal sea agroalimentaria.
- Las empresas que sean prestadoras de los mismos o similares servicios o suministradoras de estos o similares equipos para los que solicitan la ayuda.
Tipo de proyectos subvencionables
La inversión puede destinarse a:
- Crear un nuevo establecimiento, siempre que genere al menos un nuevo empleo tras la solicitud.
- Ampliar la capacidad de un establecimiento existente, aumentando producción o servicios.
- Diversificar la producción, incorporando productos nuevos que antes no se fabricaban en ese establecimiento.
- Transformar de forma fundamental el proceso global de producción de un establecimiento existente.
De conformidad con el previsto en el artículo 6.7 de la Orden 125/2024, de 22 de julio, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, estas ayudas no serán de aplicación a:
- Regímenes de ayuda de I+D+i si el gasto anual medio en ayudas estatales es superior a 150 millones EUR, a partir de seis meses después de su entrada en vigor.
- Las modificaciones de los regímenes contemplados en el artículo 1, apartado 2, letra (A), del Reglamento (UE) nº 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, distintas de las modificaciones que no puedan afectar de forma significativa al contenido del plan de evaluación aprobado.
- Las ayudas condicionadas a la utilización de productos nacionales en lugar de importados.
- No serán subvencionables los proyectos promovidos por empresas que se encuadren en los sectores expresamente relacionados en el artículo 1.3 del Reglamento (UE) nº 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, ni aquellas vinculadas a las actividades económicas excluidas por la citada Orden en su Anexo I.
Tipo de ayuda y dotación
Subvención a fondo perdido.
Ayuda sujeta a régimen de concurrencia simplificada.
Dotación presupuestaria: 40.000.000,00€
Intensidad de la ayuda:
- Hasta 28% microempresas o pequeña empresa.
- Hasta 18% mediana empresa.
- Importe máximo de 400.000€.
- Subvención adicional hasta 2% para proyectos de PYMES de los siguientes CNAEs:
- Industria en transición y servicios auxiliares. Respecto a la industria en transición, la sección C del CNAE-2025. Y respecto a servicios auxiliares, las actividades encuadradas en los códigos 61, 62, 71 y 72.
- Aeronáutico. Las actividades económicas 3031, 3032 y 3316.
- Logística y movilidad inteligente. Actividades económicas encuadradas en el código 52.
- Turismo, cultura y patrimonio natural. Actividades económicas encuadradas en el código 55, 56, 79 y 91.
- Salud y calidad de vida: Actividades económicas encuadradas en los códigos 21, 87 y 88.
Presupuesto mínimo:
- Mínimo 5.000€.
- Máximo 1.200.000€.
Límite en cuanto a gastos:
- El precio del terreno no podrá exceder del 10% del gasto total subvencionable del proyecto.
- El importe subvencionable no podrá superar el valor de mercado de los terreno y de los bienes inmuebles, lo que se acreditará mediante certificado de tasador independiente.
- Urbanizaciones de terrenos, límites del 60% del total de la inversión subvencionable.
- Obra civil de construcción y la de reforma acondicionamiento, límite de 60% del total de la inversión subvencionable.
- Trabajos de planificación e ingeniería de 10% de la inversión subvencionable.
Limitaciones de edificaciones:
- Adquisición o construcción de nave industrial 300 euros/m2.
- Reforma de nave industrial 180 euros/m2.
- Adquisición de terrenos 60 euros/m2.
- Urbanización de terrenos 45 euros/m2.
- Adquisición o construcción de local comercial 370 m2.
- reforma de local comercial 220 euros/m2.
- Adquisición o construcción de establecimientos turísticos *600 euros/m2.
- Reforma de establecimientos turísticos *370 euros/m2.
Gastos subvencionables
Se consideran subvencionables los siguientes gastos:
- Gastos que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada y haya sido efectivamente pagados en su totalidad con anterioridad a la finalización del período de justificación.
- Inversiones en inmovilizado material únicamente los activos fijos nuevos (terrenos y bienes inmuebles que tengan relación directa con los objetivos del proyecto.
- Adquisición de edificaciones ya existentes siempre que: sea para uso industrial y requiera una rehabilitación; para desarrollar proyectos vinculados al turismo; y que en ambos casos, dicha edificación no haya sido objeto de subvención a la inversión en un periodo de 5 años anteriores a la fecha de solicitud.
- Adquisición de maquinaria o bienes por medio de arrendamiento financiero o leasing, siempre y cuando se haga efectiva la opción de compra.
- Realización de obra civil de construcción la rehabilitación, que se corresponde con obras de consolidación o tratamiento de elementos estructurales (cimentación, pilares y forjados), de fachadas o cubiertas y obras análogas o conexas a las de rehabilitación.
- Mobiliario y enseres.
- Trabajos de planificación e ingeniería.
- Adquisición de bienes de equipo, maquinaria, instalaciones y utillaje.
- Equipos informáticos y software que se implanten por primera vez, relacionados directamente con el proyecto y que sean necesarios para la ejecución del proyecto. En el caso de que la actividad sea industrial, el software debe estar ligado a la producción industrial.
No son subvencionables:
- Adquisición de los terrenos o de bienes inmuebles que pertenezcan o hayan pertenecido durante el periodo de elegibilidad (desde el 1 de enero de 2021 y el 31 de diciembre de 2029) al organismo responsable de la ejecución o a otro organismo o entidad, directa o indirectamente, vinculado o relacionado con el mismo.
- Software de antivirus, actualizaciones, renovación de licencias, mantenimiento, ni un ERP.
Requisitos / Datos de interés
- Los proyectos deben ser técnicamente, económicamente, financieramente y desde un punto de vista medioambiental, viables.
- En ningún caso el coste de adquisición de los gastos subvencionables podrá ser superior al valor de mercado.
- Los proyectos de la actividad correspondiente al CNAE 5520, sea actividad estacional o no, solo serán subvencionables si se ejecutan en establecimientos que desarrollen actividad de alojamiento turístico en alguno de los municipios o núcleos de población enmarcadas en el Decreto 108/2021, de 19 de octubre, por el que se determinan las zonas rurales de Castilla La Mancha, conforme a la tipología establecida en el artículo 11 de la Ley 2/2021, de 7 de mayo, de Medidas Económicas, Sociales y Tributarias frente a la Despoblación y para el Desarrollo del Medio Rural en Castilla La Mancha.
- Solo serán subvencionables las inversiones en urbanización de terrenos, realización de obra civil de construcción o rehabilitación, si la entidad solicitante dispone del terreno en el que se vayan a acometer las inversiones, o bien se compromete a la adquisición del mismo dentro del plazo de ejecución del proyecto.
- Cuando el gasto subvencionable supere el límite del contrato menor previsto en la Ley 9/2017 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, la empresa deberá pedir al menos tres ofertas de proveedores en el enmarcado o si el gasto ya se hizo antes de la subvención.
- Estas subvenciones son incompatibles con otras ayudas, ingresos o recursos que se otorguen al proyecto para la misma finalidad procedentes de cualquiera administriaciones o entidades públicas o privadas, nacionales, de la Unión Euroepa o de otros Organismos Internacionales.
- Si se obtiene otra ayuda para el mismo proyecto, deberá comunicarse a la Administración de inmediato y, como máximo, al presentar la justificación de las actuaciones.
Plazo de ejecución
Periodo subvencionables
- El plazo de ejecución de los proyectos objeto de subvención tendrá una duración máxima de veinticuatro meses, a contar desde el día siguiente a la notificación de las resoluciones de concesión.
- El plazo de ejecución de cada proyecto subvencionable, en atención a la naturaleza y características del proyecto y en función de lo solicitado por el interesado.
Plazo de presentación de solicitud
- Desde el 15 de abril de 2026 hasta el 15 de marzo de 2027.