PRÉSTAMOS BONIFICADOS IVF PYME INVERSIÓN 2026

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Alerta generada a partir de la convocatoria de 2026 de la línea de PRÉSTAMOS BONIFICADOS IVF PYME INVERSIÓN 2026, impulsada por el Institut Valencià de Finances (IVF) de la Generalitat Valenciana y publicada en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV).

Objetivo de la convocatoria

El objetivo de esta línea es conceder préstamos bonificados para financiar proyectos empresariales desarrollados por PYMES destinados principalmente a inversiones en activos fijos, impulsando la modernización, transformación productiva y crecimiento del tejido empresarial valenciano.

¿Quién puede solicitar la ayuda?

Podrán ser beneficiarias las personas jurídicas que tengan la condición de PYME conforme al Reglamento (UE) nº 651/2014 y que cumplan los siguientes requisitos:

  • Tener establecimiento o sucursal en la Comunitat Valenciana, o que el proyecto implique la implantación de uno.
  • Tener al menos dos años de antigüedad y un empleado, salvo proyectos de nueva implantación.
  • Estar al corriente de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
  • No estar incursas en prohibiciones para obtener ayudas públicas según la Ley General de Subvenciones.

Excluidos como beneficiarios:

  • Entidades de derecho público.
  • Universidades públicas.
  • Empresas públicas o sociedades con mayoría de capital público.
  • PYMES cuya actividad principal esté relacionada con la producción y comercio de tabaco y bebidas alcohólicas destiladas; y con lo sectores financieros, inmobiliario y de seguros.

Tipo de proyectos subvencionables

Proyectos de inversión empresarial para modernización, ampliación o creación de actividad productiva mediante inversiones en activos materiales o intangibles.

    Tipo de ayuda y dotación

    • Préstamo bonificado:

    Valor nominal entre 200.000 € y 2.000.000 €, según volumen de negocio de la empresa.

    Tipo de interés según calificación crediticia. El IVF aplica una bonificación de hasta 5 puntos, pudiendo alcanzar un interés fijo del 1,75%.

    • Plazo del préstamo:

    Entre 4 y 10 años, con posibilidad de carencia de hasta 3 años.

    • Cobertura máxima:

    Hasta el 80 % del coste de la inversión.

    • Préstamos bonificados en forma de subvención bruta equivalente sujetos a régimen de minimis en el caso de acogerse al Reglamento (UE) nº 2023/2831 de la Comisión, de 13 de diciembre de 2023, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis (DOUE L de 15.12.2023) (máximo de subvención bruta equivalente 300.000 € en 3 años) y/o al Reglamento (UE) n.º 1408/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013 relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis en el sector agrícola (máximo de subvención bruta equivalente 50.000 € en 3 años).
    • En el caso de acogerse al art. 17 del Reglamento (UE) nº 651/2014 (inversión en PYMES, sin sectores específicos) se limitará la intensidad de ayuda en forma de subvención bruta equivalente según el tamaño de empresa (20% micro y pequeña empresa, 10% PYME).
    • El importe de la subvención bruta equivalente se calculará actualizando los importes de la bonificación aplicada a su valor en el momento en que se conceda la financiación.
    • El desembolso se realizará a solicitud del beneficiario y se producirá de una sola vez o en desembolsos parciales. El número máximo de disposiciones parciales será el establecido en la Resolución de Concesión.

    Intensidad de la ayuda

    • Entre 200.000€ y 2.000.000 según volumen de negocio de la empresa

    Gastos subvencionables

    Se consideran subvencionables (el equipamiento de producción debe suponer al menos el 40% del presupuesto financiable):

    • Adquisición o acondicionamiento de terrenos
    • Reforma y construcción de naves, locales comerciales e inmuebles
    • Maquinaria, mobiliario, herramientas
    • Vehículos industriales
    • Activos intangibles
    • Adquisición de participaciones empresariales

    Requisitos / Datos de interés

    Algunos requisitos:

    • Mantener los activos financiados durante al menos 5 años.
    • Mantener la actividad empresarial al menos 12 meses desde la concesión del préstamo.
    • Justificar la aplicación de los fondos mediante facturas y justificantes de pago.
    • Presentar cuentas anuales de los dos últimos ejercicios y documentación financiera del proyecto.

    Plazo de ejecución

    Las inversiones no podrán iniciarse antes de la presentación de la solicitud de financiación (o hasta 6 meses antes en régimen de minimis) y deberán ejecutarse conforme al proyecto financiado durante la vigencia del préstamo.

    Plazo de presentación de solicitud

    Desde el 28 de febrero del 2026 al 31 de diciembre del 2026 o hasta agotar el presupuesto.

    Contactar con nosotros para obtener el mejor asesoramiento para la solicitud de esta ayuda, y consúltala más a fondo en la web oficial si fuese necesario.

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