Se ha publicado la convocatoria de ayudas 2021, destinadas al fomento de la eficiencia energética y el uso de las energías renovables por parte de las empresas de la Región de Murcia.
Objeto
Concesión de subvenciones destinadas al fomento de la eficiencia energética y el uso de energías renovables por parte de las empresas, correspondiente al año 2021, en régimen de concurrencia competitiva.
Solicitud
Abierto hasta el 19/04/2021.
A los efectos de presentación de solicitudes de ayuda, se establece en uno el número máximo de proyectos subvencionables por solicitante y actuación.
Aspectos a tener en cuenta
- Ayuda incluida en Régimen de Minimis.
- La inversión a realizar debe corresponder a una propuesta proveniente de auditoría energética.
- No se admiten financiaciones mediante alquiler, arrendamiento financiero (leasing), “renting” o métodos similares.
Será necesario presentar como mínimo tres ofertas de diferentes proveedores para inversiones superiores a 15.000 €.
Periodo de ejecución
Desde fecha de solicitud hasta 12 meses a partir de la fecha de concesión.
.Actuaciones financiables
Las actuaciones elegibles son las realizadas por las empresas regionales de los sectores industrial y terciario, en el ámbito del Programa Operativo FEDER 2014/2020 para la Región de Murcia, correspondientes a los Objetivos Específicos (OE040201) OE.4.2.1. Avanzar en la evaluación y mejora de la eficiencia energética de las empresas, en particular las PYME (Línea de Actuación 38) y (OE040202) OE.4.2.2. Fomento del uso de energías renovables por las empresas, en particular las PYME (Línea de Actuación 39)
Presupuestos consignados por actuaciones
OE.4.2.1. Avanzar en la evaluación y mejora de la eficiencia energética de las empresas, en particular las PYME
Consignación: 1.000.000 euros.
OE.4.2.2. Fomento del uso de energías renovables por las empresas, en particular las PYME
Consignación: 5.316.722,52 euros.
Beneficiarios
Empresas del sector industrial o terciario en establecimientos ubicados en la Región de Murcia.
- Sector industrial: CNAE en las secciones B, C y D.
- Sector terciario: CNAE en las secciones E a N y P a S
Tipología de proyectos subvencionables por actuaciones:
OE.4.2.1. Avanzar en la evaluación y mejora de la eficiencia energética de las empresas, en particular las PYME
Renovación de equipos e instalaciones consumidores de energía, cuya finalidad sea el ahorro energético y la disminución de las emisiones de CO2:
- Importe de inversión mínima por proyecto de inversión: 6.000 euros.
- Cumplir con alguna de las siguientes opciones:
- Inversiones correspondientes con medidas propuestas como resultado de la realización de una auditoría energética que cumpla con la norma UNE–EN 16247.
El solicitante aplica un sistema de gestión energética o ambiental, certificado por un organismo independiente con arreglo a las normas europeas o internacionales correspondientes, siempre que dicho sistema de gestión incluya una auditoría energética.
Los gastos financiables son:
- Inversiones en sustitución de equipos y/o instalaciones que transformen o consuman energía, así como los sistemas auxiliares necesarios para su funcionamiento (calderas, compresores, centros de transformación de energía eléctrica, quemadores, motores eléctricos, etc.).
- Obra civil necesaria para la instalación de equipos.
- Gastos de montaje y puesta en marcha.
A efectos de cálculo del coste elegible, se establece un ratio económico-energético máximo de 10.000 €/tep, entre el coste elegible y el ahorro de energía final anual.
Tipo de ayuda a percibir
- Renovación de equipos e instalaciones consumidores de energía, cuya finalidad sea el ahorro energético y la disminución de las emisiones de CO2:
Subvención a fondo perdido (máximo 100.000 €) que dependerá del tamaño de empresa y el ratio de ahorro energético:
Ratio (€/tep final) | Pequeña empresa | Mediana empresa | Gran empresa |
R ≤ 2.000 | 70% | 60% | 50% |
2.000 < R ≤ 5.000 | 50% | 45% | 40% |
5.000 < R ≤ 10.000 | 30% | 25% | 20% |
OE.4.2.2. Fomento del uso de energías renovables por las empresas, en particular las PYME
Instalaciones solares fotovoltaicas de generación de energía eléctrica para autoconsumo:
- Las instalaciones deberán ser proyectadas para el aprovechamiento de la energía generada principalmente en el punto de consumo. Queda expresamente excluida la venta a red.
- El valor mínimo de potencia pico de la instalación generadora es de 30 kWp.
- Se admiten las siguientes modalidades:
- Modalidad de suministro con autoconsumo sin excedentes
Modalidad de suministro con autoconsumo con excedentes acogida a compensación
Los gastos financiables son:
- Las inversiones en equipos, instalaciones y sistemas de producción de energía para autoconsumo, a partir de fuentes de energía renovables.
- Obra civil de implantación de dichos equipos.
- Montaje y puesta en marcha
A efectos de cálculo del coste elegible, se establece un ratio económico-energético máximo de 0,90 € / W pico entre el coste elegible y la potencia pico de la instalación objeto de la inversión.
Tipo de ayuda a percibir
2.Instalaciones solares fotovoltaicas de generación de energía eléctrica para autoconsumo:
Subvención a fondo perdido (máximo 70.000 €) con las siguientes intensidades:
Pequeña empresa | Mediana empresa | Gran empresa | |
Sin acumulación | 45% | 35% | 25% |
Con acumulación | 65% | 55% | 45% |
Una buena oportunidad para mejorar la eficiencia energética de vuestras empresas y fomentar el autoconsumo energético.
No dejes pasara esta oportunidad, si estás interesado no dudes en contactar con nosotros.
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