OBJETO

  • Subvencionar el fomento de la responsabilidad social y la conciliación laboral en el ámbito de la Comunidad de Madrid.

BENEFICIARIOS

  • Pequeñas empresas, así como las sociedades civiles con personalidad jurídica, de hasta 50 trabajadores, y un volumen de negocio y balance general igual o inferior a 10 millones de eurosy trabajadores autónomos o por cuenta propia.
LINEAS DE AYUDA
Línea 1ª. Implantación de la responsabilidad social en los autónomos y en las pequeñas empresas.
Son subvencionables las siguientes acciones: la obtención o renovación de certificaciones de normas o estándares en el ámbito de la responsabilidad social, tales como la Norma SA 8000, la Certificación IQNet SR10, la Certificación SG21, EFR (conciliación), u otras equivalentes.
Línea 2ª. Conciliación de la vida laboral, familiar y personal a través de incentivos económicos para el fomento del teletrabajo y de la flexibilidad horaria.
En esta línea, son acciones subvencionables: la formalización de acuerdos de teletrabajo o flexibilidad horaria. Asimismo, cuando haya sido necesaria la compra de equipamiento electrónico, para organizar el teletrabajo, se subvencionará el 75% del coste de éstos.
CARACTERÍSTICAS DE LAS AYUDAS
1. En laprimera línea, la cuantía de la subvención será el equivalente al 75 por 100 del coste que lleve consigo la obtención o renovación de la norma o estándar, la puesta en marcha del Plan Director, así como la participación efectiva de la entidad en iniciativas, grupos o proyectos que fomenten la responsabilidad social, con el máximo de 2.500 euros por empresa.
2. En lasegunda línea, en el caso de teletrabajo, las ayudas consistirán en un incentivo de 2.500 euros por trabajador con acuerdo individual de teletrabajo, formalizado en un contrato de teletrabajo, bien por adaptación del contrato que tenía en la empresa o bien por la realización de un nuevo contrato para una persona no vinculada a la empresa, con el límite máximo de 10.000 euros por empresa.
En el caso de flexibilidad horaria, las ayudas consistirán en un incentivo de 2.500 euros por persona trabajadora, con el límite máximo de 10.000 euros por empresa.
El importe máximo que podrá obtener una misma empresa en relación a medidas de teletrabajo y flexibilidad será de 10.000 euros.
PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
  • Las solicitudes de las distintas líneas deberán formalizarse por separado, dentro del plazo de 3 meses desde que se realice la actividad subvencionable.

Para más información contactar con:

AVS Consulting Oficinas Centrales

Plaza Legión Española, 12 – Entlo.3

46010 – Valencia

Teléfono 607 544 444 Fax 961 668 755

AVS Consulting Madrid 

Avda. de la Industria 37.

Planta Baja – B7.

28760 Tres Cantos, Madrid

Sede Barcelona

Edifici GIRASOL

C/ Josep Ma. Ventura, 7, Planta 2 Ofic.2

08950 Esplugues de Llobregat, Barcelona

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