OBJETO

  • Apoyar el desarrollo de soluciones con incidencia en la cadena de valor empresarial, que supongan aplicación de novedad en los productos o procesos, o bien en los sistemas de organización, entendiendo en este caso las actuaciones que faciliten la vinculación del mundo físico (dispositivos, materiales, productos, maquinaria e instalaciones) con el digital (comunicaciones y software) con el propósito de mejorar el intercambio de información y procesos de trabajo. Asimismo, se pretende apoyar aquellos proyectos que potencien el desarrollo y utilización de otras tecnologías clave para impulsar el desarrollo industrial y económico.
  • Serán subvencionables los proyectos de investigación industrial, desarrollo experimental y de innovación en materia de procesos, organización o producto que permitan a las entidades beneficiarias obtener nuevos productos o servicios o mejorar sustancialmente los existentes, o bien modificar sus procesos tanto organizativos como de producción o suministro.
  • Las entidades beneficiarias podrán plantear propuestas de manera individual o en cooperación con otras empresas.

BENEFICIARIOS

Empresas cuya sede social o centro de desarrollo de actividad se encuentre radicado en la Comunitat Valenciana.

TIPO Y CUANTÍA DE LA FINANCIACIÓN

Las intensidades de ayuda para la investigación industrial y el desarrollo experimental podrán aumentarse hasta un máximo del 80 % de los gastos subvencionables.

GASTOS SUBVENCIONABLES

  1. Gastos de personal, incluyendo salarios y cuotas de la Seguridad Social.
  2. Gastos de contratos de investigación y desarrollo o innovación con centros tecnológicos o de investigación.
  3. Gastos de servicios externos de consultoría y asistencia técnica.
  4. Gastos de adquisición de conocimientos técnicos y patentes adquiridos u obtenidos por licencia de fuentes externas en condiciones de plena competencia.
  5. En caso de PYME, gastos de registro de derechos de propiedad industrial o intelectual derivados de la ejecución del proyecto.
  6. Gastos de material fungible y suministros similares que se deriven directamente del proyecto.
  7. Gastos de material inventariable en la medida y durante el período en que se utilicen para el proyecto.
  8. En caso de proyectos de innovación en materia de producto, gastos de inversión en equipamiento y demás material inventariable, necesario para el desarrollo de las actividades.
  9. Gastos de actividades de formación en el ámbito de las tecnologías habilitadoras de la nueva economía relacionadas con la transformación digital y otras tecnologías clave e imprescindibles para la ejecución del proyecto.
  10. Coste del informe de auditoría sobre las cuentas justificativas del gasto del proyecto.

En el concepto de costes indirectos las entidades beneficiarias podrán imputar un porcentaje de hasta el 15 % de los costes totales válidamente justificados.

PRESENTACIÓN SOLICITUDES

Hasta el 14/03/2019.

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