MEDIOS PRODUCTIVOS

Las empresas industriales con sede en la Comunidad de Madrid ya pueden optar a las nuevas ayudas destinadas a la adquisición de medios productivos durante 2025, con el objetivo de fomentar la modernización tecnológica, la eficiencia productiva y la sostenibilidad en el tejido industrial de la región.

¿Quién puede beneficiarse?

Estas ayudas están dirigidas a empresas industriales constituidas como sociedades mercantiles, con centro de trabajo en la Comunidad de Madrid y una plantilla media de entre 50 y 1.000 personas asalariadas durante el año anterior.

Además, las empresas deben estar encuadradas en las siguientes divisiones del Anexo I del RDL 1175/1990:

  • División 2: Industria química, minerales no energéticos.

  • División 3: Industrias transformadoras de metales, mecánica de precisión.

  • División 4: Otras industrias manufactureras.

Quedan excluidas las personas físicas, comunidades de bienes y entidades sin personalidad jurídica.

¿Qué inversiones son subvencionables?

Las ayudas cubrirán inversiones realizadas entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2024, siempre que estén vinculadas a la actividad productiva y tengan un importe mínimo de 75.000 €. Entre las actuaciones subvencionables se incluyen:

  • Adquisición de terrenos para construir naves industriales para uso propio.

  • Compra de locales o naves industriales ya construidas para uso propio.

  • Inversión en maquinaria y equipamiento productivo nuevo.

  • Hardware y software directamente vinculados a procesos productivos o a la gestión del negocio.

También se considerarán gastos subvencionables aquellos relacionados con activos inmateriales como software, licencias, patentes o conocimientos técnicos.

Quedan fuera de la ayuda los gastos en leasing, renting, alquiler, transporte, acondicionamiento de terrenos, obras, consultorías generales, IVA y tributos.

Intensidad y cuantía de las ayudas

La ayuda será en forma de subvención a fondo perdido bajo un régimen de concurrencia competitiva simplificada, lo que significa que se evaluarán por orden de entrada de las solicitudes completas.

  • 60 % de la inversión subvencionable, con carácter general.

  • 75 % si la inversión se realiza en municipios con menos de 2.500 habitantes (según INE).

  • Importe máximo de ayuda: 300.000 €, en aplicación del régimen de minimis.

¿Cuándo solicitarla?

El plazo para presentar solicitudes está abierto del 9 de abril al 9 de mayo de 2025.

En el siguiente esquema se encuentran de forma resumida las principales características de la convocatoria:

MEDIOS PRODUCTIVOS

 

Si formas parte del sector industrial madrileño y estás planificando inversiones durante este año, esta puede ser una oportunidad clave para modernizar tus procesos con apoyo público.

¿Quieres más información o ayuda para preparar tu solicitud? Escríbenos.

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