La Oficina Española de Patentes y Marcas, O.A. continúa impulsando en el ejercicio 2021 la utilización de la Propiedad Industrial por las empresas españolas como herramienta de acceso a los mercados internacionales, recientemente ha sido publicada una nueva convocatoria a partir de la cual podríamos obtener SUBVENCIÓN A FONDO PERDIDO por ejecutar actividades que suponen unos costes por pago de tasa en el exterior y/o por los costes asociados a la solicitud de patentes y modelos de utilidad españoles.
A continuación exponemos las características de dicha convocatoria.
Objeto
Estimular la protección internacional de la tecnología a través de las patentes o modelo de utilidad en el extranjero, utilizando la vía nacional de los distintos países, la vía europea a través de lo previsto en el Convenio sobre la concesión de Patentes Europeas (CPE) o la vía del Tratado de Cooperación en materia de patentes (PCT).
Beneficiarios
Persona física, PYME, Gran Empresarial, institución privada sin ánimo de lucro sin dependencia del sector público con residencia y domicilio fiscal en España.
Actuaciones Subvencionables
- Extensión de una solicitud de patente o modelo de utilidad:
- Solicitud de una patente o modelo de utilidad.
- Validación de una patente europea
- Búsqueda de anterioridades en el estado de la Técnica
- Examen de solicitud de patente.
- Concesión de la patente.
- Designación de países, exceso de número de reivindicaciones y las anualidades ante Oficina Europea de Patentes (EPO).
2. Actividades realizadas dentro del procedimiento internacional PCT:
- Solicitud internacional de PCT cuando la OEPM haya actuado en calidad de Ofician Receptora.
- Búsqueda internacional (IBI) cuando la OEPM haya actuado en calidad de Administración de Búsqueda Internacional.
- Examen preliminar internacional cuando la OEPM haya actuado en calidad de Administración de Examen Preliminar Internacional
Tipo de Ayuda
Subvención a fondo perdido, con las siguientes intensidades:
Pequeña empresa
|
Mediana empresa | Gran empresa |
90% | 90% | 80% |
Para el cálculo de la ayuda se toma como referencia los importes señalados en las siguientes tablas:
Periodo de Ejecución
Las actividades objeto de subvención son aquellas cuyo gasto se haya realizado desde el 01/01/2020 hasta el 31/12/2020
Aspectos a tener en cuenta
- Se recibirá subvención si la solicitud de patente o de modelo de utilidad, el examen sustantivo o el informe sobre el Estado de la Técnica de la solicitud de patente ha sido publicado en el BOPI, durante los años 2018, 2019 y 2020, también si se ha dado traslado del Informe sobre el Estado de la Técnica del modelo de utilidad en ese mismo periodo
- El importe máximo individualizado de las ayudas concedidas será de 60.000 € para GE
- El importe máximo individualizado de las ayudas concedidas será de 65.000 € para personas físicas y PYMEs
Plazo de Solicitud
Abierto hasta el 10/06/2021.
Si estás interesado en obtener esta subvención a fondo perdido, no dudes en consultarnos.
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