OBJETO

Subvencionar el desarrollo de nuevos productos innovadores por parte de las empresas de la industria manufacturera Valenciana, que hayan adaptado su actividad o reorienten sus capacidades productivas con el fin de producir a gran escala material sanitario, para atender un previsible incremento de demanda, y afrontar la emergencia sanitaria ante posibles rebrotes de Covid-19.

BENEFICIARIOS

Empresas con sede social o establecimiento de producción ubicado en la Comunitat Valenciana, que cuenten con al menos diez personas como personal propio, debiendo mantener al menos o incrementar dicho número durante el período de ejecución del proyecto, y que desarrollen actividades encuadradas en alguno de los epígrafes de la sección C-Divisiones 10 a 33 de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE 2009).

CARACTERÍSTICAS DE LA AYUDA

  • Subvención a fondo perdido de hasta el 75% de los costes subvencionables del proyecto.
  • La cuantía de subvención no podrá superar el importe de 400.000 euros.
  • Presupuesto a partir de 100.000 €.
  • Plazo de ejecución del proyecto y periodo subvencionable del gasto, desde el 14/03/2020 hasta el 30/11/2020.

REQUISITOS DE LOS PROYECTO

Los proyectos tendrán como objetivo el desarrollo y fabricación de nuevos productos o una mejora significativa de los ya fabricados, directamente relacionados con la lucha contra la COVID-19, como los medicamentos (incluidas las vacunas) y tratamientos, sus productos intermedios, los ingredientes farmacéuticos activos y las materias primas; los productos sanitarios, los equipos hospitalarios y médicos (incluidos los respiradores, la ropa y el equipo de protección, así como las herramientas de diagnóstico) y las materias primas necesarias; los desinfectantes y sus productos intermedios y las materias primas químicas necesarias para su producción; y las herramientas de recogida/tratamiento de datos.

Todos los productos, materiales, soluciones, etc. deben estar en condiciones de uso y aplicación inmediata, y debidamente autorizados, registrados, certificados, homologados y cumplir con cualquier requisito administrativo, sanitario o técnico previo a su utilización o puesta en servicio.

GASTOS FINANCIABLES

a) Servicios externos:
  • Servicios de consultoría y asistencia técnica: ingeniería, consultoría técnica, contratación con centros de investigación, diseño, contratación de servicios de laboratorios de ensayo incluidos los necesarios para marcado CE u otras formas de homologación o normalización de productos.
  • Registro de patentes, marcas, modelos de utilidad y diseños industriales, así como marcadoCE y otras formas de homologación o certificación.
b) Adquisición de activos inmateriales:
  • Adquisición de patentes y licencias.
  • Software necesario para el desarrollo de los nuevos productos.
c) Personal propio: Podrá considerarse elegible solo hasta un 30% de los gastos del personal.
d) Adquisición de activos materiales: destinados a la adaptación técnica y la puesta en marcha para la producción de los nuevos desarrollos.
e) Costes de los ensayos en líneade las nuevas instalaciones de producción.
PRESENTACIÓN SOLICITUDES
  • Hasta el 21/9/2020.

Para más información contactar con:

AVS Consulting Oficinas Centrales

Plaza Legión Española, 12 – Entlo.3

46010 – Valencia

Teléfono 607 544 444 Fax 961 668 755

AVS Consulting Madrid 

Avda. de la Industria 37.

Planta Baja – B7.

28760 Tres Cantos, Madrid

Sede Barcelona

Edifici GIRASOL

C/ Josep Ma. Ventura, 7, Planta 2 Ofic.2

08950 Esplugues de Llobregat, Barcelona

www.avsconsulting.es

 

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